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Desconocer un refrán: ¿es motivo para no obtener la nacionalidad española?

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Desde octubre de 2015, los extranjeros que quieren solicitar la nacionalidad española deben pasar unas pruebas que organiza el Instituto Cervantes. Previamente, eran los registros civiles quienes sometían a los solicitantes a una serie de preguntas arbitrarias y difíciles de contestar incluso por aquellos nacidos en España.
Desconocer un refrán: ¿es motivo para no obtener la nacionalidad española?

En abril de 2013, el juez del Registro Civil de Cornellá del Llobregat (Cataluña) negó la nacionalidad de un hombre de origen marroquí que llevaba viviendo en España 13 años porque, entre otras cuestiones, desconocía el significado del refrán español "en casa de herrero cuchillo de palo". 

Según el auto que emitió el juez, "No entiende ni habla castellano, por lo que no está plenamente integrado a las costumbres, valores y realidad económica, social y familiar española". Sin embargo, la semana pasada la Audiencia Nacional estimó el su recurso contra la decisión del juez por considerar que el magistrado llegó a esta conclusión sin "motivación alguna que ponga de relieve las concretas circunstancias consideradas para alcanzar tal juicio". 

El juez del Registro Civil consideró que el solicitante había contestado erróneamente a preguntas sobre el color de la bandera española, los organismos internacionales de los que forma para España, qué día se celebra la fiesta nacional de Cataluña, monumentos de España y qué significa la expresión "en casa de herrero cuchillo de palo"

Ahora, la Audiencia Nacional recuerda que el juez no tuvo en cuenta que contestó "de forma razonablemente acertada" a cuestiones que ponen de manifiesto "un suficiente conocimiento del castellano" para "relacionarse socialmente con normalidad, aun cuando no sepa escribirlo". Entre otras preguntas, supo contestar cuáles son las provincias catalanas, los idiomas que se hablan en España, quién es el presidente de Cataluña y el alcalde de su localidad de residencia, el límite de la mayoría de edad, qué significan las siglas del PSOE, la religión predominante en España y el principio de igualdad de derechos que rige entre hombres y mujeres. 

Para concederle la nacionalidad, la Audiencia también valoró que "resida legalmente en España desde el año 2000, vive en una vivienda de su propiedad, se encuentra casado y tiene tres hijos, dos de los cuales están escolarizados en un colegio público, y convive con su familia. Además, ha trabajado en España, cotizando a la Seguridad Social durante casi todo el tiempo de residencia en España, primero como trabajador por cuenta ajena y después como autónomo, constituyendo su propia empresa que se dedica al sector de la construcción", así como haber realizado varios cursos de formación, obtener el permiso de conducir en España y declarar el IRPF.  

El "test de nacionalidad española"

Hasta octubre del año pasado, cuando el Gobierno español reguló las pruebas para la obtención de nacionalidad para extranjeros, eran los jueces de los registros civiles los que acreditaban la integración de los inmigrantes con exámenes completamente arbitrarios. 

La mayoría de extranjeros consiguen la nacionalidad por el procedimiento de residencia. Para ello, como normal general, deben acreditar diez años de residencia legal continuada en España. Este plazo se reduce a cinco años para refugiados, dos para los nacionales de países latinoamericanos, y uno en caso de llevar un año casado con un español o haber nacido fuera de España de padre o madre españoles. Además, los solicitantes deben acreditar buena conducta cívica y su integración en la sociedad española. En este sentido, deben pasar dos exámenes: uno de lengua española (para aquellos extranjeros que proceden de países donde el español no es idioma oficial) y otro tipo test de conocimientos constitucionales y socioculturales. 

Ambos exámenes son comunes a toda España y los elabora el Instituto Cervantes. Están exentos de estas pruebas los menores de edad. 

A pesar de que estas nuevas pruebas pretenden unificar criterios y acabar con la subjetividad de los cuestionarios de los registros civiles, numerosas organizaciones sociales critican tanto los retrasos como la arbitrariedad en la tramitación de las solicitudes. Y es que con "test de nacionalidad" unificado o no, siempre ha habido polémica con los requisitos exigidos para obtener la nacionalidad. 

Algunos casos polémicos

Antes de poner en marcha el nuevo sistema para la obtención de la nacionalidad, el caso más polémico fue el de un juez de Getafe que realizaba de forma habitual y reiterada un cuestionario sobre conocimientos históricos a los inmigrantes que solicitaban la nacionalidad española. Este test resultaría difícil de responder a la mayoría de personas nacidas en España. Entre las preguntas que formulaba este magistrado destacan mencionar el nombre de tres poetas españoles de la posguerra, qué pasó en 1868, así como solicitar detalles sobre quiénes eran pintores como Picasso, Dalí o Murillo, o los deportistas Fernando Alonso, Nadal o Gasol. También temas sobre gastronomía española y fiestas nacionales. Evidentemente, la mayoría de extranjeros no superaban este cuestionario. 

En mayo de 2013, la Audiencia Nacional denegó la concesión de la nacionalidad española a una ciudadana de la República Dominicana que residía en España desde 2005 por no haber justificado un suficiente grado de integración social. Así, aunque la aspirante -que había estado empadronada en los municipios de Almería, El Ejido y Barcelona, y que en 2011 tenía acreditados 1.563 días de alta en el sistema de la Seguridad Social- conocía el nombre del Rey y el del presidente del Gobierno, no supo decir cómo se llamaba la Reina, cuáles eran los colores de la bandera española y, además, situó a Cataluña como país vecino de España. 

El caso de esta ciudadana dominicana es similar al del senegalés Magou Ndoye, al que el registro civil de Almería denegó la nacionalidad después de 10 años viviendo en España "al no haberse demostrado el grado de integración en la sociedad española". Según su abogado, Ndoye contestó correctamente a la mayoría de las preguntas pero no supo cómo se llamaba la mujer del entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. La Audiencia Nacional desestimó su recurso. 

Recientemente, la Audiencia nacional también rechazó el recurso presentado por una mujer nigeriana residente en Arrecife (Islas Canarias), a la que se le negó la nacionalidad española pese a llevar más de 10 años viviendo en España y tener dos hijos españoles. El motivo esgrimido es que la ciudadana no cumplía el otro requisito que se exige para conceder la nacionalidad, es decir, el de acreditar su "integración" en la sociedad española.

María Jesús Vigo Pastur

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