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¿Es legal que Cataluña se acoja al derecho a la autodeterminación de los pueblos?

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Gonzalo Duñaiturria, profesor de Derecho en la Universidad Camilo José Cela de Madrid, habla con RT sobre la legalidad del referéndum de independencia catalán.
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Junts pel Sí (JxS) y la CUP han presentado este martes el proyecto de ley que regula el referéndum de independencia catalán, que se celebrará el próximo 1 de octubre. Uno de los aspectos más polémicos de la citada normativa es que apela al derecho internacional para justificar la vía unilateral por la que se llevará a cabo.

Así, la ley cita el pacto internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, aprobado por la ONU en 1966 y ratificado por España en 1977, que reconoce el derecho de los pueblos a la autodeterminación. Asimismo, cita varios dictámenes del Tribunal Internacional de Justicia de la Haya que hacen referencia a la evolución que este derecho ha tenido tras el fin del colonialismo.

El derecho a la autodeterminación de los pueblos

Sin embargo, para Gonzalo Duñaiturria, profesor de Derecho en la Universidad Camilo José Cela de Madrid, el secesionista catalán no puede utilizar el derecho de autodeterminación, ni ninguna otra norma del derecho internacional, para utilizarlo "como arma jurídica".

"En el año 60, cuando surgió el derecho de autodeterminación, se refirió este derecho por parte de Naciones Unidas únicamente a las colonias. Históricamente, Cataluña nunca ha sido colonia de España", afirma el experto. Además, recuerda que a pesar de que una resolución posterior "ablandó" esa característica, "en ningún momento se determinó que un territorio se pudiera separar de su Estado, de su Nación, de manera unilateral y desgajar el territorio".

Por otro lado, el proyecto de ley subraya el carácter "vinculante" de los resultados del referéndum. Así, si el resultado es 'No', el Govern de la Generalitat convocará unas nuevas elecciones autonómicas. Pero si el resultado es 'Sí', proclamará la República catalana en un plazo de 48 horas.

Un proceso que para llevarse legalmente a cabo necesitaría de una reforma de la Constitución, según Duñaiturria. "Nuestra Constitución tiene dos artículos fundamentales dentro del Título I, que son el artículo 1.2 y el artículo 2. El primero hace referencia a que la soberanía nacional reside en todo el pueblo español (…) y el segundo a la indisoluble unidad de la nación, patria común e indivisible de todos los españoles", ha explicado.

La complejidad para reformar la Constitución española

"Por lo tanto, para que se desgajara un territorio del Estado español lo primero que habría que hacer es reformar la propia Constitución", ha añadido el experto que, sin embargo, ha subrayado que esa reforma "tiene un mecanismo muy rígido".

En primer lugar, se necesitarían la aprobación por dos tercios tanto en el Congreso como en el Senado. En el caso de que la reforma superara este trámite, se disolverían las Cortes y se convocarían unas nuevas elecciones generales. De esta manera, las nuevas Cámaras surgidas de los comicios tendrían que ratificar la modificación de la Constitución e, inmediatamente después, someter la reforma a un referéndum.

Además, Duñaiturria añade otro elemento importante que imposibilita la reforma de la Constitución, que es la minoría de bloqueo del Partido Popular (PP), que actualmente tiene "el 50 por ciento + 1 de los diputados" necesarios para impedir que se inicie este procedimiento.

"Por lo tanto, desde un punto de vista jurídico, legal y procesal, al margen por supuesto de las perspectivas históricas, sociales y culturales, es absolutamente imposible. No se contempla y no se puede contemplar que se produzca esta situación", concluye el experto.

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