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Torta hojaldrada de la emancipación mexicana (Segunda parte)

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Torta hojaldrada de la emancipación mexicana (Segunda parte)

¿Qué reformas tuvo que realizar México independiente?

Continuando el tema, el historiador ruso Dr. N.Marchuk opina que “en lo económico se trataba de la creación de los cimientos de la economía mercantil. Fortalecimiento de la propiedad privada a cuenta de la liquidación o la reducción de las formas inenajenables de bienes raíces. Aunque el intento más acentuado a expropiar (secularizar) los bienes eclesiásticos se dará durante la corta presidencia de V. Gómez Farías en 1833, a partir de 1821 venían adoptándose las medidas encaminadas a la destrucción de los mayorazgos, fideicomisos, patronatos y otras vinculaciones.


El presidente Valentín Gómez Farías secularizó los bienes de la Iglesia católica.

Fortalecimiento del mercado de la mano de obra. En México, las leyes de las Cortes de España editadas en 1811–1813 sirvieron de base legal para dividir las tierras de las comunidades y reducciones indígenas en propiedad privada. Los nuevos propietarios podían vender sus terrenos al cabo de 4 años, convirtiéndose así en obreros asalariados. Pero, durante la Colonia estas medidas habían sido acompañadas con la dotación a las comunidades de tierras realengas lo que dificultaba su despojo.

Después de la Independencia la iniciativa en esta esfera pasó a los estados pues en muchos de ellos se afirmaron en el poder los reformadores radicales, los llamados “puros”. Así, por ejemplo, en Veracruz, en la Alta y Baja California, así como en México desde 1825 hasta 1833 se decretaron permisos a los indios para vender sus terrenos, al igual que la colonización y secularización de las reducciones indígenas y la división de sus tierras entre los pequeñоs campesinos.

Otra fuente de mano de obra fue la privatización de tierras realengas (estatales). Este proceso también se inició en 1811–1813 por el virrey Calleja. Después de la independencia la colonización de tierras estatales fue continuada por el Emperador Agustín Iturbide que en 1821 ordenó dotar a cada combatiente del Ejército Trigarante con una fanegada (1,57 hectáreas) de tierra y un par de bueyes. En julio de 1823, el Congreso Nacional decretó el derecho de los combatientes de Hidalgo, Morelos y otros líderes insurgentes de los años 1810–1821 a un subsidio y un terreno de tierras estatales.


El presidente Agustín Iturbide garantizó la independencia de México aplicando medidas
conservadoras.

La colonización de tierras estatales en el México independiente, como en toda América Latina, estaba ligada muy estrechamente con la inmigración europea. La ley de 1823 dotaba con terrenos tanto a los colonos mexicanos como a los europeos que confesaban la religión católica. Subrayando la prioridad de los mexicanos, sobre todo de los combatientes por la independencia, esta ley ofreció a los extranjeros tres tipos de terrenos: labor, un terreno de 70 hectáreas para simples agricultores; sitio, una liga cuadrada (1.747 hectáreas) para colonistas ganaderos; hacienda, un dominio equivalente a 5 sitios (8.735 hectáreas) para premiar a los empresarios colonizadores (un empresario por cada 200 familias de colonos debía recibir 3 sitios y 2 labores).

Con la instauración de la república en 1824, el Congreso Nacional aprobó otra ley sobre la colonización extranjera que estableció el máximo  de 1 a 6 ligas cuadradas para cada colono según la calidad de la tierra. Sin haber precisado la confesión de los colonos, la ley abrió el camino legal para la inmigración norteamericana a Tejas, Nuevo México y otros estados limítrofes del país. Asimismo, la ley estimuló a las autoridades de los estados a que aprobasen sus propias leyes semejantes y prescribió que antes de 1840 ni siquiera el congreso general “podrá... prohibir la entrada de extranjeros a colonizar”. Así, fueron sembradas las semillas que pronto se convirtieron en la tragedia nacional, incluyendo la pérdida de la mitad del territorio mexicano —subraya el Dr. N.Marchuk— y continúa diciendo que “de esta manera, es obvio que las medidas que emprendieron los revolucionarios mexicanos en la esfera agraria sirvieron para convertir las posesiones de tierra en la propiedad privada de carácter burgués". Los datos estadísticos permiten evaluar los resultados de las transformaciones: en 1810 en el país hubo 3.749 haciendas y 6.689 ranchos, mientras que en 1854 ya había 6.092 haciendas y 15.085 ranchos.

Los indios despojados de tierras comunales, los usufructores ilegales de las tierras realengas, los artesanos arruinados, debían aumentar el mercado de la mano de obra. Para eso servía la lucha contra los “vagos”, “ebrios”, “viciosos”, “malentretenidos” y “mendigos” que hacen recordar las famosas leyes contra los vagos en Europa Occidental.

A nivel nacional ya el “Reglamento provisional político del Imperio Mexicano” de 1822 encargó a los jefes políticos de las provincias “vigilar muy particularmente... sobre la dedicación de todos a alguna ocupación o industria, extirpando la ociosidad, vagancia, mendicidad y juegos prohibidos”. En el México republicano la ley del 3 de marzo de 1828 creó en las cabeceras de los distritos y territorios de la federación los tribunales especiales “para conocer y determinar las causas sumarísimas de vagos”, determinó a quién se debía considerar “vagos y viciosos” y cómo se debía castigarlos: destinarlos “al servicio de las armas, o a la Marina, o a la colonización o a casas de corrección”. Otra ley aprobada en 1830 prohibió “pedir limosna a las puertas de los templos y casas, en las calles, paseos u otros lugares” e instaló un hospicio de pobres donde se mandaba concentrar a “todas las personas verdaderamente necesitadas”.

Y ustedes, ¿qué opinan?

Vladímir Travkin     e-mail: revistala@mtu-net.ru

Fin de la segunda parte (continuará)

Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de su autor y no representan necesariamente el punto de vista de RT.

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